Tribunal Constitucional prohíbe a condominios usar drones y exponer morosos en redes sociales

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que marca un antes y un después en la manera en que las juntas de vecinos pueden gestionar los conflictos con propietarios morosos y la seguridad dentro de los residenciales del país. El alto tribunal estableció límites claros: ni cámaras ni drones pueden usarse para vigilar la vida privada de los residentes, y tampoco está permitido exhibir en redes sociales a quienes tengan atrasos en el pago de sus cuotas de mantenimiento.
La sentencia, identificada como TC/0684/26, surgió tras un recurso relacionado con el Residencial Estrella Marina, ubicado en La Romana. Un grupo de propietarios cuestionó la elección de la directiva de su Junta de Vecinos (Juvrem) y una serie de medidas implementadas para presionar el cobro de las cuotas de mantenimiento.
Entre las prácticas denunciadas figuraban impedir a los deudores el uso de la casa club, obligarlos a levantar manualmente la barrera de acceso vehicular y difundir sus nombres e imágenes en plataformas sociales. A esto se sumaba la queja por una central de monitoreo equipada con cámaras y drones que, según los denunciantes, llegaba a vigilar el interior de las viviendas.
Para el TC, publicar audios, videos o fotografías de propietarios morosos constituye una violación directa al derecho fundamental a la intimidad. El tribunal argumentó que este tipo de exposición menoscaba el buen nombre y la honra de las personas señaladas y representa una intromisión indebida en su vida privada.
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