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Casas de acogida: Cómo actúa el Ministerio de la Mujer cuando una víctima rechaza ingresar

El Ministerio de la Mujer explicó los procedimientos de protección temporal para víctimas de violencia en República Dominicana.

Por Yeisy Díaz1 min
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Casas de acogida: Cómo actúa el Ministerio de la Mujer cuando una víctima rechaza ingresar

El Ministerio de la Mujer explicó cómo funcionan las casas de acogida y qué protocolos se aplican cuando una mujer decide no ingresar o se va de estos espacios de protección. La institución subraya que las decisiones de las víctimas deben tratarse con comprensión y respeto, sin señalamientos ni culpa.

Estas casas atienden a mujeres en alto riesgo por violencia, violencia grave o peligro inminente de feminicidio, junto a sus hijos e hijas dependientes cuando existe amenaza real contra su vida o integridad física.

Marco legal de protección

El respaldo legal viene de la Ley 88-03, promulgada el 1 de mayo de 2003, que creó los refugios como espacios temporales de protección y atención integral para mujeres víctimas de violencia de género.

Objetivo y alcance de las casas de acogida

El objetivo fundamental es preservar vidas y dar respuesta inmediata mientras se activan medidas judiciales, legales y de seguridad contra el agresor. Estas instituciones funcionan coordinadas con los mecanismos de protección a víctimas en todo el país.

En República Dominicana, las casas de acogida son una barrera decisiva contra la violencia doméstica, garantizando que toda mujer en riesgo acceda a protección temporal mientras se resuelve su situación legal y de seguridad.

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